Absueltos cinco acusados de una agresión sexual en un chalé de Cullera
La Audiencia de València no ve acreditada la falta de consentimiento y descarta una condena que la acusación cifraba en 52 años. El fallo puede recurrirse.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de València ha absuelto a cinco hombres que se sentaban en el banquillo acusados de agredir sexualmente a una mujer de 29 años en un chalé de Cullera en junio de 2021. El tribunal concluye que no ha quedado acreditado que la denunciante no consintiera las relaciones sexuales ni que estuviera incapacitada para prestar ese consentimiento.
La resolución, difundida por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana y recogida por 20minutos, deja sin efecto todas las medidas cautelares que pesaban sobre los procesados. Las acusaciones reclamaban penas que sumaban 52 años de prisión.
Qué considera probado la sentencia
Los magistrados dan por acreditado que la mujer acudió a la vivienda invitada por uno de los procesados, que consumió distintas sustancias —entre ellas cocaína, ketamina y varios fármacos del grupo de las benzodiacepinas— y que mantuvo prácticas sexuales con tres de los acusados.
Tras los hechos fue atendida en un centro sanitario, donde, además de los restos de esas sustancias, se le apreciaron un hematoma en el brazo izquierdo, lesiones en la cadera derecha, excoriaciones en el muslo y restos de semen de tres de los procesados. La Fiscalía entendió que solo existía prueba bastante respecto a esos tres hombres y sostuvo que el grupo pudo haber preparado la situación e incluso facilitado las drogas. La acusación particular defendió la misma tesis y habló de una intimidación ambiental generada por el grupo.
El tribunal no ve corroboración suficiente
Pese a ello, la Sala considera que los indicios no son lo bastante sólidos y que el testimonio de la denunciante no reúne las condiciones exigidas para sustentar una condena. Según la sentencia, la declaración "no alcanza la suficiente tasa de fiabilidad objetiva para declarar probados los hechos de la acusación, pues no ha alcanzado niveles de corroboración externa ni de consistencia interna suficientes".
Los magistrados subrayan a continuación que esa conclusión no equivale a respaldar la versión de los acusados: "Ello no implica que demos por válido lo que relatan las defensas, sino que simplemente con manifestaciones de estas características no podemos fundamentar una condena".
Se trata, por tanto, de una absolución apoyada en la insuficiencia probatoria, no en una afirmación del tribunal sobre lo que ocurrió aquella noche en la vivienda de la localidad de la Ribera Baixa. En el procedimiento penal, la duda razonable juega siempre a favor del acusado.
Un fallo que no es firme
La sentencia puede recurrirse en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de diez días. Hasta que ese plazo transcurra o se resuelva el eventual recurso, la resolución no será firme. Tanto la Fiscalía como la acusación particular pueden impugnarla.
Los hechos se remontan a hace más de cuatro años, un intervalo nada excepcional en causas de este tipo, en las que la instrucción, la práctica de pruebas periciales y el señalamiento del juicio suelen alargar los plazos. Durante ese tiempo los cinco hombres estuvieron sujetos a medidas cautelares que el tribunal levanta ahora.
Cullera, municipio de unos 22.000 habitantes a orillas del Xúquer, concentra en verano una población flotante muy superior por el turismo de segunda residencia. Los hechos juzgados se produjeron en una vivienda particular del término municipal en junio de 2021.
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Elaborado a partir de información publicada por 20minutos Valencia · Fuente primaria: documento original